Cómo proceder a cambiar el titular del servicio de luz, documentación y procedimiento

¿Cómo proceder a cambiar el titular del servicio de luz? Te ayudamos en los pasos a seguir
Cómo cambiar el titular del servicio de la luz

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Cuando un usuario se encuentra ante la necesidad de tener que realizar un cambio de titular del servicio eléctrico, son muchas las personas que no conocen o no tienen del todo claro como se efectúa este trámite, ya que es una tarea que no se realiza con frecuencia y que requiere una documentación y un procedimiento a seguir.

 

Debido a la complejidad que supone, en esta entrada comentaremos los documentos que se deben reunir y presentar para hacer efectivo el cambio, los plazos y los procedimientos necesarios para ello y las vías de contacto que existen para cambiar el titular de la luz en un domicilio o local.

 

Poder contar con el suministro de luz activo desde el primer momento es una tarea imprescindible para poder disfrutar completamente de la vivienda, ya que se considera un suministro básico para la habitabilidad de los inmuebles.

 

Documentos a entregar y pasos a seguir para cambiar el titular de la luz

 

La persona que pretenda hacer efectivo el cambio de titular de la luz, en primer lugar, deberá contactar con la empresa encargada del suministro en ese punto y aportar la siguiente documentación previamente reunida:

 

  • Documentación personal, además de datos de contacto por si fuera necesario.
  • Documentación personal de la persona que figura como titular hasta el momento del cambio.
  • Una cuenta bancaria (asociada al nuevo titular) para efectuar los cobros de las facturas eléctricas.
  • Documento que refleje que la propiedad a la que se va a cambiar la titularidad ha cambiado efectivamente de dueño.
  • De la instalación eléctrica, se deberá aportar el CUPS.
  • La tarifa eléctrica que se quiere contratar, para lo que es muy recomendable realizar un estudio de mercado previo, analizando las distintas oportunidades de mercado con el fin de encontrar la mejor tarifa de luzposible para la vivienda.
  • La potencia eléctrica demandada para la instalación, para una correcta selección, al igual que con la tarifa, se recomienda conocer de manera previa las necesidades reales, para poder elegir aquella que mejor se adapte al consumo de la vivienda.

 

Cuando se han aportado esta serie de documentos, la compañía comercializadora se encargará de verificar, comprobar y validar los datos, siendo este el último paso antes de que se haga efectivo este cambio de titular de la luz.

 

Toda la gestión se debe tratar tiempo antes del cambio de vivienda, pues el proceso, una vez aprobado el cambio, tarda en ejecutarse un plazo que puede oscilar entre un día y veinte días desde la aprobación, por lo que no se trata de una gestión inmediata.

 

Aquellos usuarios que se vean ante la necesidad de hacer este cambio en sus hogares o locales, no tendrán que pagar nada por la gestión, ya que se trata de un servicio gratuito para el consumidor.

 

Medios de contacto con las compañías eléctricas

 

Cuando se tienen los documentos que se deben aportar para la gestión, se deben entregar, como se ha comentado, a la compañía eléctrica correspondiente, para ello, las empresas eléctricas ofrecen distintos medios de contacto. Lo cierto es que generalmente se ofrecen tres vías, aunque no todas las compañías ofrecen los mismos medios, las vías comentadas son:

 

  • A través de la vía presencial, acudiendo a las oficinas de la empresa a gestionar el cambio.
  • Mediante la vía telefónica, utilizando los teléfonos corporativos destinados para ello.
  • A través de internet, pudiendo hacerlo mediante la página web o en algunos casos mediante la App corporativa.

 

¿Cuáles son los casos en los que se debe cambiar el titular por obligación?

 

Lo cierto es que existen determinadas situaciones que obligan a realizar el trámite del cambio de titular, estas son:

 

  • Situaciones donde la vivienda o local es objeto de compraventa, en estos casos se traspasa la titularidad del anterior al nuevo propietario.
  • Situaciones donde quien es el titular del servicio fallece, ante esta situación, un familiar se encargará de hacer efectivo el cambio, pudiendo dar de baja el servicio después.
  • Casos en los que el inquilino de una vivienda, pretende cambiar las condiciones del contrato del inmueble donde reside, en estos casos, será necesario el contrato de alquiler.
  • Situaciones donde se produce el divorcio de los titulares figurando ambos en el contrato, en estos casos, será uno de ellos quien asuma la titularidad única.

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